Actividad Industrial, Se suspende la presencialidad en la actividad industrial hasta el 30 de mayo inclusive.

Queda suspendida la presencialidad en las actividades de servicio, culturales, económicas, deportivas, educativas, recreativas y sociales hasta el 30 de mayo inclusive.

Los comercios de venta de alimentos, higiene personal, limpieza y farmacias (en este caso sin prejuicio del sistema de turnos de guardias), ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas funcionará de 8 a 18 hs.

El resto de los establecimientos comerciales de otros rubros (no alimenticios), solo podrá realizar actividad comercial a través de la venta telefónica y mediante las modalidades de entrega a domicilio o retiro, las que deberán concretarse en el horario de 8 a 18 hs hasta el 30 de mayo inclusive.

Los locales gastronómicos, (bares, restaurantes, heladerías y otros autorizados a funcionar como tales) deberán desarrollar la actividad sin habilitar la concurrencia de personas, solo en la modalidad de reparto a domicilio y retiro en el horario de 8 a 18 hs. hasta el 30 de mayo inclusive. El reparto a domicilio y retiro en el lugar hasta las 23 hs.

Velatorios y sepulturas por fallecimiento a causa del Covid, el mismo no está permitido por medidas sanitarias ministeriales.

Velatorios y sepulturas por fallecimientos de otra causa, continúan con las medidas vigentes, solo para familiares directos y respetando el 30% de la capacidad de la sala velatoria.

La realización de todo tipo de actividades y eventos religiosos en lugares cerrados o al aire libre están suspendidas hasta 30 de mayo.

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